Reportes de consumo
Los países que están considerados en el Artículo 5 del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, entre ellos México, que solicitan financiamiento del Fondo Multilateral para la implementación del Protocolo de Montreal deben presentar anualmente un informe obligatorio sobre los progresos realizados en la ejecución de los programas de país a la Secretaría del Fondo antes del 1 de mayo de cada año. La Secretaría del Fondo utiliza la información presentada para analizar el estado del cumplimiento de los países.
Los países considerados en el Artículo 5 pueden ser consultados en la siguiente liga: https://ozone.unep.org/classification-parties
- Reporte de Consumo 2002
- Reporte de Consumo 2003
- Reporte de Consumo 2004
- Reporte de Consumo 2005
- Reporte de Consumo 2006
- Reporte de Consumo 2007
- Reporte de Consumo 2008
- Reporte de Consumo 2009
- Reporte de Consumo 2010
- Reporte de Consumo 2011
- Reporte de Consumo 2012
- Reporte de Consumo 2013
- Reporte de Consumo 2014
- Reporte de Consumo 2015
- Reporte de Consumo 2016
- Reporte de Consumo 2017
- Reporte de Consumo 2018
- Reporte de Consumo 2019
- Reporte de Consumo 2020
- Reporte de Consumo 2021
- Reporte de Consumo 2022
- Reporte de Consumo 2023
- Reporte de Consumo 2024
Consumo de SAO
El consumo es calculado como Producción + importaciones - exportaciones.
Consumo
de sustancias controladas
Límite
de control
PAO: Potencial de Agotamiento de la Capa de Ozono, es la unidad de medida que indica el poder que posee alguna sustancia para reaccionar y destruir las moléculas de ozono estratosférico. La referencia es el del CFC – 11 con un PAO = 1.
Consumo de HFC
Consumo
de HFC
Límite
de control
Megatoneladas CO2eq: Megatoneladas de dióxido de carbono equivalente (1 megatonelada = 1,000,000 toneladas).